En su prisa por posicionar a José Miguel Leonardo Cisneros como representante mayoritario de los trabajadores burócratas, el gobierno del estado sigue cometiendo ilegalidades, ejemplo de esto es la violación a la suspensión otorgada por el Magistrado presidente del Tribunal de Arbitraje y Escalafón, licenciado Felipe Gabino Alvarado Fajardo, como autoridad auxiliar del Tribunal Colegiado de Circuito en Materia del Trabajo.
Los hechos se dieron así:
Antes de las 9:00 de la mañana, el Ipejal sube a sus redes la toma de protesta como miembro del Consejo Directivo del instituto a José Miguel Leonardo Cisneros, para medio día, ya habían bajado la publicación, sin embargo mantuvieron la presencia de Leonardo Cisneros en la sesión del Consejo Directivo, sin que hubiera razón legal para ello.
El director de IPEJAL, Héctor Pizano Ramos fue notificado el 17 de mayo a las 12:31 pm. De la suspensión otorgada por el Magistrado presidente del Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado.
Por tanto, el director de IPEJAL violó la suspensión específicamente en los siguientes puntos, que textualmente dicen:
- Se concede para efecto de que se suspenda cualquier acto que tenga por objeto la toma de protesta de las personas que la Federación de Sindicatos Autónomos Federados proponga como integrante del Consejo Directivo del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco, y en caso de haberse llevado a cabo, se otorga para que se suspendan los efectos y consecuencias de la toma de protesta y dichos funcionarios no entren en funciones, esto es, para que estos no se integren al Tribunal de Arbitraje y Escalafón hasta en tanto sea resuelto el juicio de amparo;
- Se concede la suspensión para efectos de que el Tribunal de Arbitraje y Escalafón y el Consejo Directivo del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco siga operando con regularidad y se ordena que las cosas se mantengan en el estado que se encuentran, es decir, para que la actual integración del Pleno continúe ejerciendo sus funciones y el Consejo Directivo del Instituto continúe con la misma Integración hasta que sea resuelto el juicio de amparo.
¿Se le olvido al director de IPEJAL lo que procede ante una suspención otorgada por un Tribunal? O ¿Decidió por su voluntad no atender la suspensión de la que fue notificado?
En cualquiera de los dos casos, Pizano Ramos no dió cumplimiento a lo ordenado por la autoridad, en consecuencia se podría considerar una violación. a la ley, conforme al procedimiento marcado por las mismas leyes.
Por cierto, en la última reforma a la fracción III del artículo 151 de la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco, se específica:
Artículo 151. […]
I. a la II. […]
III. Un representante de los servidores públicos, que será el Secretario General de la Federación de Sindicatos de Empleados al Servicio del Estado más representativo o mayoritario en la Entidad.
El Consejo Directivo del Instituto podrá revisar y en su caso sustituir la representación a que se refiere esta fracción cada tres años, a petición de la Federación de Sindicatos interesada, conforme al informe que rinda el Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado.
¿Violó el director de IPEJAL, Héctor Pizano, la Ley del IPEJAL?
Ya veremos cómo se resuelve este nuevo conflicto legal que se da en la administración de Enrique Alfaro, una mancha más al tigre.