Las reformas a la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco y de la Ley para los Servidores Públicos de la entidad, tienen el objetivo de garantizar las prestaciones y los servicios de sus afiliados al llegar a la jubilación, lo anterior fue aprobado en sesión telemática de la Comisión de Competitividad, Desarrollo Económico, Innovación y Trabajo que preside el diputado Esteban Estrada Ramírez.
En lo que se refiere a la Ley del Instituto de Pensiones, se avaló modificar los artículos 33 y 70 fracción II, y se adicionan los artículos 39 y 153, para especificar que dicha prestación no podrá ser superior a 39 veces el valor de la unidad de medida(UMA); se suspende por tres años el incremento a las pensiones que se encuentren en el régimen anterior y que excedan de 50 mil pesos mensuales; se le otorga al Consejo Directivo del Instituto facultades para modificar o reducir el monto de las pensiones, y adecuarlas siempre y cuando exista un estudio actuarial que lo justifique.
Respecto a la Ley de Servidores Públicos, se modifica el Artículo 64, para establecer que los presidentes municipales que se incorporen al Instituto de Pensiones, deberán firmar un convenio con la Secretaría de la Hacienda Pública del Estado, para que de las participaciones estatales que les correspondan, se retenga mensualmente las aportaciones patronales.
En la comisión estuvieron presentes los legisladores Jorge Eduardo González Arana y Luis Ernesto Munguía González.